
Como Abogado Laboralista en Dos Hermanas, veo que el acoso laboral y los entornos de trabajo tóxicos son una realidad frecuente. En muchos casos, cuando un trabajador denuncia la situación o sufre una baja médica por ansiedad o estrés, la empresa responde iniciando un expediente disciplinario.
Este fue el caso de una trabajadora que acudió a mi despacho tras casi dos meses de baja por ansiedad. Durante ese tiempo, la empresa le comunicó la apertura de un expediente disciplinario por supuestas infracciones laborales.
Ella se temía lo peor: el despido.
Según le habían dicho, varios compañeros iban a declarar como testigos respaldando la versión de la empresa.
El problema: estrés laboral y acoso entre compañeros
Desde el principio tuvimos bastante claro lo que estaba ocurriendo.
Detrás del expediente disciplinario había una situación laboral muy deteriorada:
- Excesiva carga de trabajo y estrés constante.
- Discusiones continuas entre compañeros.
- Acoso horizontal, es decir, entre trabajadores del mismo rango.
- La empresa estaba fomentando un sistema de organización basado en la competencia insana y el enfrentamiento.
Cuando el conflicto se vuelve estructural, muchas empresas aplican lo que podríamos llamar “la ley de la tabla rasa”:
Ante la denuncia de la trabajadora afectada, la empresa lo niega y termina responsabilizando a la víctima.
Finalmente, la trabajadora sufrió un ataque de ansiedad que motivó la baja médica por incapacidad temporal.
Expediente disciplinario sin hechos concretos
Mientras se encontraba de baja médica, la empresa comunicó la apertura de expediente disciplinario.
En el escrito inicial se hablaba de:
- riñas constantes
- discusiones con compañeros
- conflictos en el trabajo
Sin embargo, no se concretaba ningún hecho específico.
La trabajadora fue emplazada a presentar alegaciones, y desde el despacho se preparó una defensa jurídica frente a la sanción disciplinaria.
La sanción: suspensión de empleo y sueldo de 50 días
Tras recibir las alegaciones, la empresa comunicó su decisión:
Suspensión de empleo y sueldo durante 50 días, que se cumplirían una vez recibiera el alta médica.
Era una decisión previsible.
En muchos casos de acoso laboral, la empresa opta por sancionar a la persona que denuncia el problema.
El objetivo suele ser claro:
- preparar el terreno para un futuro despido
- o provocar que el trabajador abandone voluntariamente la empresa
En ambos casos, sin indemnización.
La respuesta jurídica: demanda por vulneración de derechos fundamentales
Ante esta situación interpusimos una demanda de impugnación de sanción disciplinaria, invocando la lesión de derechos fundamentales.
En concreto, alegamos trato discriminatorio por razón de enfermedad o estado de salud.
La demanda solicitaba:
- Revocación de la sanción disciplinaria.
- Pago de los salarios dejados de percibir durante los 50 días de suspensión, con intereses.
- Indemnización por daño moral derivado del trato discriminatorio.
- Condena en costas procesales, incluyendo honorarios del abogado.
El problema habitual en estos casos
Muchos conflictos laborales de este tipo terminan de una forma muy concreta.
La persona sancionada:
- cumple la suspensión de empleo y sueldo
- y posteriormente presenta una baja voluntaria
La razón es sencilla: volver al trabajo junto a los compañeros que participaron en el acaso puede resultar psicológicamente insoportable.
Mientras tanto, el procedimiento judicial puede tardar meses o incluso años.
Cuando finalmente se dicta sentencia, puede que la sanción sea revocada… pero el trabajador ya ha dimitido y ha perdido:
- la indemnización
- e incluso el derecho a prestación por desempleo.
El desenlace del caso
En este caso, afortunadamente, la situación evolucionó de otra forma.
La empresa decidió realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, imponiendo unilateralmente un cambio perjudicial: trabajar también los sábados.
Este tipo de modificación permite al trabajador rescindir el contrato con derecho a indemnización.
Gracias a un buen asesoramiento, la trabajadora pudo ejercitar su derecho.
El resultado fue:
- 20 días de salario por año trabajado
- más una mejora pactada hasta equiparar la indemnización a 33 días por año trabajado (equivalente al despido improcedente)
La indemnización total superó ligeramente los 2.000 euros.
Además, recibió:
- aproximadamente 1.300 euros por vacaciones generadas y no disfrutadas.
Reflexión final sobre el acoso laboral
¿Se podía haber conseguido más?
Sí, si hubiéramos llegado hasta el final podríamos haber conseguido una indemnización por daños morales.
¿Se podía haber conseguido menos?
Sin duda, se podría haber conseguido menos o incluso nada.
Los acuerdos siempre dejan un cierto sabor agridulce.
Pero lo más amargo es saber que este caso no es una excepción.
En cada barrio hay trabajadores y trabajadoras que están perdiendo la salud por trabajos precarios, entornos tóxicos o acoso laboral.
Y muchas veces creen que no tienen defensa.
✔ Si estás viviendo una situación similar de acoso laboral o sanciones disciplinarias injustificadas, es importante buscar asesoramiento jurídico cuanto antes.
