Tiene una deuda con una entidad financiera como Wizink, Cofidis, Cetelem o Carrefour, o quizá con una empresa de recobro como Hoist Finance, Invest Capital o Grupo Kruk, por un préstamo personal, línea de crédito o tarjeta revolving que no puede seguir pagando y se preguntas qué puede hacer. Soy especialista en la defensa del deudor financiero contra la usura y las cláusulas abusivas, tengo despacho en Dos Hermanas y en este post le explico sus opciones.

Para empezar, centremos la cuestión de manera realista para no crear falsas expectativas. Si usted contrató un préstamo personal, línea de crédito o tarjeta revolving, en principio está obligado a devolver en el plazo acordado y con intereses el dinero prestado. Si el contrato es válido, debe cumplirse. Dicho de otra manera, el único modo de eliminar una deuda derivada de un contrato de préstamo válido es pagarla. En caso de insolvencia, existe la llamada segunda oportunidad, el deudor podrá acudir a un procedimiento de concurso de acreedores y, una vez liquidados todos sus bienes, pedir la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir que se le perdonen las deudas que no han podido saldarse tras la liquidación de sus bienes. Pero más allá de lo comentado, no existen soluciones mágicas para hacer desaparecer las deudas.
Otra cosa diferente es que el contrato sea nulo por infringir lo establecido en las leyes. Un motivo de nulidad de los contratos de préstamo o crédito es la usura, en cuyo caso podemos demandar a la entidad financiera tal como explico en este post. Si aún no ha dejado de pagar o a pesar de haber dejado de pagar aún no ha sido demandado, está a tiempo de acudir a un profesional para adelantarse a los acontecimientos y ser usted quien demande a la entidad financiera.
Antes de iniciar un proceso pidiendo la nulidad del préstamo o crédito, conviene conocer no sólo el tipo de interés aplicado, fundamental para valorar si es nulo por usura o no, sino también el estado de la deuda, cuánto dinero se ha recibido prestado de la financiera y cuánto dinero se ha pagado a la financiera a lo largo de los años. En este post explico la documentación que necesita reunir para calcular estas cantidades. Sólo de esta forma podemos saber si, una vez declarado nulo el contrato, tendrá derecho a recuperar un determinado importe o seguirá pendiente de devolver alguna cantidad de dinero. Con el siguiente ejemplo, le explico la importancia de calcular las cantidades antes de demandar.
Bajo mi punto de vista, ante un caso de usura siempre conviene exigir la nulidad del crédito, aunque deba afrontar la devolución inmediata del capital pendiente de pago, ya que los atractivos aplazamientos que la entidad financiera ofrece, pagando pequeñas cuotas cada mes, son una trampa que a la larga le convertirán en un deudor cautivo. Cuanta más baja sea la cuota mensual, mayor será el plazo, más tardará en amortizar el capital y más intereses terminará pagando. En otras palabras, opino que es mejor poner fin cuanto antes a una situación de usura, aunque deba devolver inmediatamente la cantidad pendiente de pago, que seguir prolongando y agravando el problema. Pero antes de tomar la decisión de demandar, debe contar con toda la información y ser consciente de las consecuencias.
Ocho años defendiendo a deudores financieros como usted en casos de usura, contacte y cuéntenos su caso.

